El Consejo del Poder Judicial aprobó, mediante la Resolución núm. 001-2021, la modificación al Reglamento que establece el sistema de escalafón judicial y la provisión de cargos de la carrera judicial, aplicable a todos los jueces y juezas del Poder Judicial dominicano.
La confección del escalafón judicial toma en consideración la antigüedad, los méritos y la especialización del juez o jueza, así como la composición de los Departamentos y Distritos Judiciales, de conformidad con la Constitución y las leyes de la República.
La resolución establece que el escalafón contendrá el orden para ascender a la categoría inmediatamente superior por parte de los jueces y juezas. Además, dispone que quienes pertenezcan a una misma categoría, podrán competir para fines de ascenso, sin importar la jerarquía que ostenten. La Dirección General de Administración y Carrera Judicial (DGACJ) tendrá la responsabilidad de actualizar anualmente el escalafón, para la aprobación al Consejo del Poder Judicial en el primer trimestre de cada año.
Cabe destacar que, por mandato constitucional, legal y reglamentario, para los ascensos, traslados y cambios se tomarán, de manera conjunta en consideración: la antigüedad, la capacidad, los méritos profesionales y personales, independientemente de la jerarquía debidamente reconocida que el/la juez(a) ostente al momento de la publicación del escalafón. Dichos aspectos serán evaluados conforme a los criterios establecidos en el texto normativo.
La aprobación de la modificación de este Reglamento conllevó reuniones y consultas públicas con los jueces y juezas, así como personalidades de la sociedad civil, empresarial, académica y jurídica del país, quienes manifestaron su apoyo al mismo. También, tuvo gran difusión a través de los distintos medios de comunicación a nivel nacional.
El documento estuvo disponible en la página web institucional para fines de observaciones y comentarios por parte del público interesado, por un período de 15 días, en cumplimiento con la Ley núm. 107-13 sobre los derechos y deberes de las personas frente a la Administración Pública y la Ley núm. 200-04 sobre Libre Acceso a la Información Pública.
A nivel interno, se realizaron 23 encuentros: uno con la Comisión de Coordinación de Tribunales, 11 con Jueces/zas, Presidentes de Corte de Apelación por Departamento Judicial y 11 encuentros con jueces y juezas que conforman cada Departamento Judicial.
Los trabajos de revisión de este documento fueron realizados por una comisión integrada por miembros del Consejo del Poder Judicial, jueces coordinadores departamentales, jueces de Corte de Apelación, jueces de Primera Instancia y jueces de Paz, así como otros funcionarios de los órganos de apoyo del CPJ. De igual manera, contó con la colaboración de asistencia técnica por parte de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo (AECID), quien designó al magistrado Ricardo Gonzalo Conde Diez, miembro del Consejo General del Poder Judicial de España, experto en temas de organización judicial, estructuración y desarrollo del escalafón judicial.
Además, participaron miembros de las asociaciones de jueces y juezas representadas y no asociados en la construcción de la propuesta normativa. El escalafón judicial es de vital importancia para la formación, ascensos y traslados de los jueces/as, y constituye un hito importante para el fortalecimiento del sistema de carrera judicial.
Para leer la resolución completa del reglamento haz click en el enlace oficial: Resolución 001-2021